Reglamento
Medios de acceso y uso
1. El acceso al servicio se realiza únicamente con la Tarjeta Única de Movilidad Integrada (TUMI) o con código QR, los cuales son personales, intransferibles y válidos para un solo viaje;
no está permitido ingresar o pagar el acceso de más de una persona con una misma TUMI o código QR.
2. Las personas usuarias deberán registrar su ingreso y salida pasando la TUMI o el código QR por los dispositivos de control en los torniquetes, lo que permitirá registrar el inicio y fin
del trayecto y realizar el cobro correspondiente conforme a la estación de ingreso y salida.
3. La TUMI y el código QR, así como el saldo o información contenida en ellos, son responsabilidad de la persona usuaria; en caso de robo o extravío, el TIMT no es responsable de este
evento, por tanto, no es posible su restitución gratuita, devolución o reembolso.
4. El código QR deberá ser conservado por la persona usuaria en buen estado y es válido únicamente para ingresar en la estación de origen y salir en la estación de destino indicada al
momento de su compra.
5. Para cualquier reclamación respecto a un saldo adquirido y no reflejado en la TUMI en las Máquinas de Venta y Recarga ubicadas al interior del TIMT, deberá entregar el recibo
emitido por la máquina al momento del incidente, al personal del Área de Estaciones para las acciones conducentes.
Tarifas
1. Las tarifas máximas aplicables al servicio público de transporte ferroviario del TIMT, se cobrarán conforme a la distancia recorrida por las personas usuarias. Estas tarifas estarán
publicadas en medios electrónicos y/o en las estaciones para consulta de las personas usuarias.
2. No existen tarifas preferenciales, descuentos ni exenciones.
3. Toda persona usuaria menor de edad que mida menos de 115 centímetros de estatura, no pagará pasaje.
Horario
1. El horario regular de operaciones del TIMT es de lunes a viernes de 05:00 a 00:00 horas; los sábados de 06:00 a 00:00 horas; y los domingos y días festivos de 07:00 a 00:00 horas.
Uso responsable de las instalaciones, equipos y trenes
1. Para garantizar su seguridad, las personas usuarias deberán transitar en las instalaciones, sus accesos y salidas, en el sentido que se encuentre señalado o el que sea indicado por el
personal del TIMT; el uso de las instalaciones y trenes será dentro de los horarios de servicio y exclusivamente para fines de transportación.
2. Las personas usuarias deberán caminar con precaución en todo momento, evitando correr o empujar, especialmente en escaleras, andenes, pasillos, trenes, escaleras fijas, eléctricas
o cualquier otro lugar de las instalaciones.
3. Si la persona usuaria es menor de 12 años, sólo podrá hacer uso del TIMT acompañada por una persona mayor de edad.
4. Por motivos de seguridad, no deberá rebasar la línea de seguridad (de color amarillo) que se encuentra marcada en proximidad de los bordes de los andenes y sólo podrá hacerlo
para entrar o salir del tren.
5. El ascenso o descenso de los coches únicamente podrá realizarse cuando el botón de la puerta se encuentre iluminado en color verde.
6. Antes de abordar el tren, permita bajar a las persona usuarias, siguiendo el principio de «Antes de entrar, dejar salir».
7. Los dispositivos de emergencia instalados en los andenes y trenes, los extintores de incendio, interfonos, entre otros, sólo podrán ser operados por las personas usuarias en
situaciones de emergencia.
8. Para agilizar los flujos, en las escaleras eléctricas deberá permanecer de pie del lado derecho, permitiendo el paso rápido por el lado izquierdo.
9. La basura y desperdicios de toda naturaleza deberán ser resguardados para su disposición final fuera de las instalaciones del TIMT.
Usuarios con discapacidad
1. Las personas usuarias con discapacidad deberán hacer uso de los apoyos y espacios destinados para su accesibilidad y seguridad dentro de las instalaciones del TIMT.
2. Los asientos reservados, los cuales están debidamente señalizados, deberán permanecer preferentemente desocupados mientras no sean requeridos por personas con
discapacidad, movilidad reducida, mujeres embarazadas o personas de la tercera edad.
3. Los elevadores estarán en funcionamiento de acuerdo con los horarios establecidos y su uso será preferentemente para personas con cualquier tipo de discapacidad, personas
adultas mayores, personas embarazadas y un acompañante, respectivamente.
Protección Civil
1. Para proteger la integridad física y la vida de las personas usuarias, éstas no deberán transportar objetos metálicos que les posibiliten acercarse a una distancia de 2 metros del
sistema de catenaria (cable suspendido en la parte superior de la vía del tren, el cual está energizado con alta tensión), desde cualquier punto o posición que se encuentren.
2. En caso de presentarse un siniestro, deberá seguir las instrucciones de las brigadas de protección civil del TIMT.
Interrupción del servicio y otros
1. En caso de que el servicio sea interrumpido y no haya llegado a su destino por causas imputables al TIMT, el cobro no será reembolsado, sin embargo, se otorgará un boleto de
cortesía para su posterior uso por la persona usuaria. La vigencia del boleto de cortesía estará indicada en el mismo.
2. En caso de que un objeto caiga en las vías, la persona usuaria deberá informar inmediatamente al personal del TIMT para gestionar la recuperación del mismo y estará sujeto a las
condiciones operativas del servicio. El TIMT no es responsable del daño causado al objeto por la caída.
3. Si extravía un objeto personal, debe informar de inmediato al personal del TIMT para iniciar las gestiones correspondientes.
4. Si encuentra un objeto perdido, debe entregarlo al personal del TIMT, para su resguardo.
Regularización (Sanciones)
1. Si no se registra la entrada se le cobrará la cantidad de $100.00.
2. Si su última operación de registro fue de entrada y registra otra entrada en la misma estación, se considerará que no registró la salida anterior y se le cobrará la cantidad de $100.00.
3. A quien haya adquirido un código QR y no descienda en la estación donde haya pagado, se cobrará como sanción, la cantidad de $100.00.
4. El extravío del código QR, se cobrará como sanción, la cantidad de $100.00.
5. Las sanciones no tienen fecha de caducidad y no se emitirán reembolsos por sanciones aplicadas.
6. En caso de no cumplir con estas normas, se tomarán medidas legales.
Disposiciones Generales
1. Queda prohibido ingresar objetos como armas de fuego, materiales punzocortantes, inflamables, explosivos o cualquier otro elemento peligroso que pueda poner en riesgo la
seguridad de las personas usuarias, trenes o instalaciones del TIMT. En caso de no atender esta normativa, se tomarán medidas legales.
2. Queda prohibido dañar, hacer uso indebido o afectar de cualquier forma las instalaciones, trenes, equipos y mobiliario del TIMT; lo anterior es motivo de consignación ante la
autoridad competente.
3. No se debe obstaculizar de cualquier forma y con cualquier objeto, zonas de acceso, salidas, andenes, estaciones, túneles, corredores, escaleras y en general, todos aquellos puntos
de circulación peatonal y del propio medio de transporte.
4. No se permite escupir, utilizar cigarros electrónicos (incluyendo vapeadores), fumar (tabaco u otras sustancias), prender cerillos o encendedores o cualquier tipo de material
inflamable dentro de las estaciones y trenes del TIMT.
5. No se permite arrojar basura y objetos en las instalaciones, en los trenes y en las vías por donde circula el TIMT.
6. No se permite hacer uso de aparatos de radio u otros objetos o dispositivos que emitan sonidos que perturben a las personas usuarias dentro de los trenes, andenes, estaciones o en
cualquier otro sitio del TIMT.
7. No se permite el ingreso y consumo de alimentos y bebidas de cualquier naturaleza, en las instalaciones y trenes del TIMT.
8. Queda prohibido utilizar los trenes del TIMT para transportar cualquier tipo de carga o alimentos, perecederos o no perecederos, ya sean voluminosos o no. A discreción del TIMT, las
personas usuarias únicamente podrán transportar objetos personales, bolsas, transportadoras de animales, portafolios o pequeñas maletas, bultos u objetos con las siguientes
dimensiones máximas: 80 x 60 x 30 cm, debiendo ser colocadas, de manera preferente, en el portabultos o debajo del asiento, pero nunca sobre éstos.
9. Sólo se podrá transportar animales si éstos están en una transportadora cerrada y rígida, respetando las dimensiones máximas: 80 x 60 x 30 cm, con excepción de los de servicio o
de apoyo emocional, los cuales deberán portar el distintivo correspondiente (arnés, collar o etiquetas), así como contar con la prescripción médica expedida por un profesional de la
salud con cédula profesional que justifique el acompañamiento con dichos animales.
10. Se prohíbe el ingreso al TIMT con bicicletas (incluyendo plegables y eléctricas), triciclos, patinetas, patines, scooters (incluyendo plegables y eléctricos) y objetos para transporte o
movimiento de carga, tales como diablitos, carretillas, etc., salvo que éstos se encuentren debidamente resguardados y no excedan las dimensiones de 80 x 60 x 30 cm. Asimismo,
para evitar caídas, no se permite que las personas usuarias ingresen a las estaciones o trenes portando zapatos deportivos de tacos o tachones.
11. No se permite ingresar o hacer uso de las estaciones o de los trenes del TIMT a personas que sensorialmente se aprecie que se encuentran en estado de ebriedad o bajo el influjo de
sustancias psicotrópicas, enervantes o estupefacientes.
12. Queda prohibido ejercer actos de comercio ambulante, en los trenes, andenes, Estaciones o en cualquier otro sitio del TIMT.
13. Queda prohibido realizar cualquier actividad dentro de las Estaciones, estacionamientos, trenes y franja del derecho de vía, que tenga por objeto pedir apoyo u obtener una
retribución económica.
14. No se deberá emplear dispositivos de fotografía o videograbación sin contar con la autorización correspondiente por parte del área de Comunicación Social del TIMT.
15. No se deberá permanecer en los trenes, andenes, pasillos, escaleras, ascensores, vestíbulos o en general, en cualquier espacio dentro de las estaciones una vez que haya finalizado
su recorrido o fuera del horario establecido para el servicio de transportación. El servicio a la persona usuaria inicia en la Estación en la que aborde el tren y finaliza al descender del
mismo; por lo que, una vez que haya finalizado dicho recorrido, la persona usuaria deberá abandonar las instalaciones.
16. Queda prohibido distribuir, anunciar, fijar o adherir publicidad o propaganda de cualquier naturaleza, en las estaciones, trenes y demás espacios en las instalaciones del TIMT.
17. Queda prohibido el ingreso a las cabinas de los trenes, intentar maniobrarlos o manipular sistemas del mismo; así como ingresar a áreas restringidas de las instalaciones.
18. Y, en general, queda prohibido realizar cualquier acto distinto al estrictamente relacionado con su transportación.